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Tránsfugas, partidos políticos y electorado: ¿quién traiciona a quién?

Ya en plena resaca de votaciones, pactos e investiduras en miles de municipios y en autonomías de toda España, se vuelve a hablar de tránsfugas y de traiciones, retomándose ese eterno debate de si la representación del votante ha de recaer sobre la persona del candidato elegido o sobre el aparato del partido político bajo cuyas siglas se presenta a las elecciones. Desde hace varias décadas se han establecido medidas legislativas y políticas para evitar el fenómeno denominado “transfuguismo”, al entenderse que supone un falseamiento de los resultados electorales que provoca, además de una sensación de fraude en los votantes, el fomento de la corrupción, el debilitamiento del sistema de partidos y el riesgo de  inestabilidad política.

El 7 de julio de 1998 se firmó el denominado “Acuerdo sobre un código de conducta política en relación con el transfuguismo en las Corporaciones Locales” por la mayor parte de las formaciones políticas existentes en aquellos momentos. Tal documento definía al tránsfuga en la Administración Local como “los concejales que abandonen los partidos o agrupaciones en cuyas candidaturas resultaron elegidos”. Sin embargo, aquel pacto de 1998 evolucionó y el 23 de mayo de 2006 se firmó otro, ampliando notablemente el concepto de transfuguismo por medio del siguiente tenor literal: “A los efectos del presente Acuerdo, se entiende por tránsfugas a los representantes locales que, traicionando a sus compañeros de lista y/o de grupo -manteniendo estos últimos su lealtad con la formación política que los presentó en las correspondientes elecciones locales-, o apartándose individualmente o en grupo del criterio fijado por los órganos competentes de las formaciones políticas que los han presentado, o habiendo sido expulsados de éstas, pactan con otras fuerzas para cambiar o mantener la mayoría gobernante en una entidad local, o bien dificultan o hacen imposible a dicha mayoría el gobierno de la entidad”.

Dicha ampliación del concepto adoptado por acuerdo entre los partidos políticos no tuvo una traslación a la legislación estatal sobre el tema. Así, por ejemplo, en la exposición de motivos de la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General se habla del transfuguismo como una “anomalía que ha incidido negativamente en el sistema democrático y representativo y que se ha conocido como transfuguismo”, refiriéndose a la misma como “la práctica de personas electas en sus candidaturas que abandonan su grupo y modifican las mayorías de gobierno”.

Además, nuestro Tribunal Constitucional ha negado sistemáticamente que, con las actuales normas, el partido político como tal pueda autoproclamarse receptor de la legitimidad de los votantes. Muy ilustrativa es su sentencia 10/1983, en la que se habla de la ilegitimidad constitucional de la pretendida conexión entre expulsión del partido y pérdida del cargo público, y todo ello por no ser viable que las decisiones de una asociación puedan romper el vínculo existente entre representantes y representados. Así, en la sentencia se dice literalmente: “Al otorgar al partido la facultad de privar al representante de su condición cuando lo expulsa de su propio seno (…) el precepto infringe, de manera absolutamente frontal, el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de representantes”.

Una de las medidas contra el transfuguismo hace referencia a la creación de un grupo denominado de los “no adscritos” que, según el artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, está destinado a “aquéllos que no se integren en el grupo político que constituya la formación electoral por la que fueron elegidos o que abandonen su grupo de procedencia”.

En Canarias se produce una peculiaridad y es que, tanto nuestra Ley 7/2015, de 1 de abril, de Municipios, como nuestra Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, amplían los supuestos en los que los concejales o consejeros deben pasar al grupo de los “no adscritos” a los que sean expulsados de sus formaciones políticas, yendo más allá de lo establecido en la ley básica estatal (que también es de obligado cumplimiento para las Comunidades Autónomas), restringiendo así sus derechos económicos y de participación al establecer que no será de aplicación a los miembros no adscritos la situación de dedicación exclusiva o parcial, como tampoco pueden ser designados para el desempeño de cargos o puestos directivos en las entidades públicas o privadas dependientes de la corporación, existiendo por ello dudas jurídicas sobre la plena validez de esta regulación más restrictiva en contraposición a la legislación básica estatal de aplicación y a la propia Constitución.

Más allá de los reproches morales, éticos y políticos asociados al fenómeno del “transfuguismo”, es preciso analizar un elemento crucial: si la representación y la legitimidad popular del acta de concejal o del consejero descansa sobre la persona o descansa sobre el partido político. En función de la opción elegida, el análisis tomará un camino u otro. Y lo cierto es que, cuando este asunto tan peliagudo se pone sobre la mesa, no es habitual mantener una postura clara y uniforme, ya que la percepción de si quien traiciona al electorado con sus decisiones es el propio concejal o es el partido al que pertenece genera opiniones para todos los gustos. En todo caso, lo que resulta incuestionable es que el  actual sistema electoral padece una grave contradicción, habida cuenta que, tanto la persona física como la formación política, se atribuyen simultáneamente la representatividad popular. No hallamos, pues, ante otra importantísima reforma pendiente que nadie tiene intención de abordar para darle una definitiva solución.

La democracia del pasado para la sociedad del futuro

Son muy numerosas las personas que no entienden por qué en un sistema parlamentario no se permite que los electores voten a los miembros de los gobiernos, ya sean locales, autonómicos o nacionales. De hecho, cuando introducen sus papeletas en las urnas, la inmensa mayoría de los votantes cree que está eligiendo a su alcalde o a su presidente, error que continúan arrastrando legislatura tras legislatura. En los orígenes del parlamentarismo, el Ejecutivo (de ahí su denominación) era un mero brazo ejecutor del Legislativo. La Cámara de Representantes ejercía su control sobre él y la finalidad de sus funciones, burocráticas y administrativas, consistía en llevar a la práctica las normas emanadas de los Parlamentos. Por lo tanto, nos situábamos ante un poder a la sombra de otro poder en el que el centro de gravedad del sistema descansaba sobre la Asamblea. Por esa razón, lo relevante era que los ciudadanos participasen sólo en la elección de los miembros parlamentarios.

Es obvio que el panorama ha evolucionado. Ahora el poder de los Parlamentos se ha mediatizado y el de los Gobiernos ha aumentado exponencialmente, desvirtuando así las reglas iniciales del sistema parlamentario clásico. Ese citado centro de gravedad se ha ido trasladando hasta situarse cada vez más cerca del Ejecutivo, que ha agrandado sus competencias y facultades convirtiéndose en el verdadero motor político de las democracias. En la actualidad, los Gobiernos pueden dictar normas con el mismo rango de ley que los Parlamentos, los Presupuestos Generales del Estado pueden ser propuestos únicamente por los primeros y los Presidentes se han convertido en el cargo por antonomasia de una democracia.

Sin embargo, dicha evolución (en algunos casos, cabría mejor hablar de mutación) no ha conllevado la revisión de las tradicionales y arcaicas reglas electorales, cuya caduca visión, en la que el ciudadano debe limitarse a elegir a sus representantes en el Parlamento sin participar en la designación de los miembros de los Ejecutivos, seguimos heredando. Para los vetustos cánones del sistema parlamentario, el Gobierno continúa personificando ese mero brazo ejecutor de la Cámara de Representantes, ese cuerpo burocrático y administrativo controlado por y al servicio de la Asamblea. Ajeno al enorme cambio producido en los últimos siglos, el parlamentarismo clásico nos impone un modelo electoral anclado en un pasado que ya no existe.

A todo lo anterior ha de añadirse que, en determinados casos, el tradicional control del Legislativo sobre el Ejecutivo se ha caricaturizado hasta el extremo por culpa de la denominada “disciplina de partido”, que impone al diputado de turno obedecer las órdenes de un líder que, desde la sede de su formación política, maneja los hilos impidiendo la independencia que requiere toda labor de control. En este sentido, se ha aceptado como una situación normal -incluso deseable y hasta comprensible- que los diputados del partido que ejerce la labor gubernamental no efectúen ninguna vigilancia ni supervisión sobre ella, sino que, en atención a sus siglas, se limiten a defenderla y aplaudirla.

Es otra razón de peso por la que, a mi juicio, los sistemas parlamentarios presentan evidentes signos de caducidad en varias de sus señas de identidad. No se trata de constatar que están en crisis, puesto que la crisis es global y afecta a todos los sistemas. Se trata de reconocer que su empeño por encadenarse a unas tradiciones teóricas que ya nadie practica, ahonda aún más en la desafección, el desinterés y la desilusión del electorado ante semejante forma de hacer política.

Porque, tras su participación en las elecciones, la ciudadanía asiste entre perpleja e indignada al mercadeo de puestos y al reparto de cargos llamados a  configurar lo que debería ser una verdadera democracia. Si tú me apoyas aquí, yo te apoyo allí. A ti te tocan tantas consejerías y a mí, la presidencia. Con tal de que no salga aquel, te cedo a ti la alcaldía. Después, aparece ese grupo político que, pese a contar con el menor número de votos y escaños, se siente facultado para orientar las políticas durante los próximos cuatro años y se relame al redactar su listado de exigencias. Mientras tanto, los votantes continuamos marginados y atónitos.

Creo firmemente que ya ha llegado el momento de revisar y repensar nuestro modelo de gobierno. No es posible seguir impidiendo que los votantes participen activa y directamente en la elección de los órganos de naturaleza política más relevantes de una democracia. Y los gobiernos lo son. Tal vez no lo fueran en sus inicios, pero esa época pasó y no volverá jamás. Sin embargo, se da la paradoja de que los propios encargados de cambiar las normas (a saber, los partidos políticos) se resisten a la más mínima modificación que les reste un ápice de su cuota de poder. Y ante esta tesitura tan rechazable es preciso, al menos, que la población sea muy consciente de que la democracia del pasado pretende imponerse a la sociedad del presente y del futuro por quienes ejercen el poder.

Síntomas y diagnóstico después de la jornada electoral

Ha transcurrido el 26 de mayo dejando tras de sí una de las citas electorales más significativas de la reciente historia de nuestro archipiélago. Las peculiaridades de estas elecciones impregnaban de un especial valor a este domingo. Padeciendo todavía la resaca de las Elecciones Generales, los canarios hemos estrenado ya el nuevo sistema electoral después de treinta y siete años de vigencia del anterior, acumulando además otras decisiones a nivel europeo, autonómico y local. Nunca antes habíamos sido convocados para participar en dos comicios tan próximos en el tiempo ni habíamos dispuesto de tantas papeletas y urnas. Por lo tanto, vale la pena realizar un análisis de los hechos para luego extraer algunas conclusiones. Es imposible llevar a cabo en pocas líneas la ardua labor de valorar todas y cada una de las convocatorias, de modo que me centraré exclusivamente en los resultados de las elecciones autonómicas:

 

1.- La participación: Ha descendido situándose por debajo del sesenta por ciento. En las anteriores elecciones fue del 60,99% y en las elecciones generales se elevó hasta el 68,14% en nuestras islas. Es cierto que teniendo en cuenta el escaso plazo transcurrido desde el 28 de abril, la bajada en la afluencia de votantes era previsible. Siempre se ha afirmado que la concatenación de procesos electorales tiende a desincentivar a los electores. Sin embargo, es preocupante esta tendencia. Una alta participación afianza la legitimidad del resultado.

 

2.- El mapa del resultado electoral: Hasta ahora los grupos parlamentarios eran seis: el mixto (compuesto exclusivamente por los miembros de la Agrupación Socialista Gomera) y los de Nueva Canarias, Podemos, Partido Popular, Partido Socialista Obrero Español y Coalición Canaria. La tímida incorporación de Ciudadanos fragmenta un poco más el espectro político, pero no supone un gran cambio. En cualquier caso, refleja fielmente la diversidad de criterios que se da en el seno de la sociedad canaria representada en su nuevo Parlamento, pues no se debe olvidar que la función principal de todo sistema electoral es plasmar la voluntad de los ciudadanos dentro de cada institución.

 

3.- El ganador electoral: En unas elecciones gana quien obtiene más votos y escaños, aunque en nuestro archipiélago esa doble circunstancia no se aglutina siempre en la misma formación política. Así, en 2015 Coalición Canaria, habiendo recibido quince mil votos menos que el Partido Socialista, logró tres escaños más. En este 2019, y fruto en gran medida de la reforma electoral aprobada con el nuevo Estatuto de Autonomía, se ha corregido tal patología y el partido más votado, el PSOE, ha obtenido también el mayor número de escaños en el hemiciclo. Continuando asimismo con una larga tradición a resultas de la fragmentación anteriormente citada, el vencedor tampoco ha alcanzado la mayoría absoluta.

 

4.- El ganador post electoral: A día a hoy, tanto los partidos como los ciudadanos ansían más el ejercicio del Gobierno que la Cámara de representación popular, de modo que el verdadero triunfador no es quien obtiene la mayoría parlamentaria sino la Presidencia del Ejecutivo. También en este concreto punto conservábamos una larga tradición por la que el ganador de las elecciones pasaba directamente a la oposición mientras que los perdedores conseguían finalmente gobernar. Le sucedió en 2007 y en 2015 al Partido Socialista y en 2011 al Partido Popular. Sus candidaturas recibieron más votos, pero de nada les sirvió a la hora de ejercer el ansiado puesto presidencial. Así funcionan los sistemas parlamentarios.

 

En este caso, y realizando un análisis simplista en atención a los bloques ideológicos tradicionales, un pacto entre partidos denominados de izquierda que incluyese a PSOE, Podemos, Nueva Canarias y, en su caso, la Agrupación Socialista Gomera sumaría una mayoría suficiente. En política ya estamos acostumbrados a ver diversos tipos de alianzas, pero el mensaje del electorado parece ser claro y contundente.

 

5.- La nueva lista regional: Ha contribuido a modular la desproporción del anterior sistema y a corregir levemente la desigualdad del valor del voto, si bien continuamos estando en unos parámetros criticables, si analizamos las circunscripciones insulares.

 

6.- El horizonte de la próxima legislatura: La democracia del siglo XXI nos condena a tiempos de inestabilidad y continua contienda política. Al menos así se vislumbra, no sólo a nivel nacional, sino también internacional. En consecuencia, da la impresión de que los canarios nos veremos igualmente engullidos por ese tsunami de enfrentamiento y crispación. Ante ese escenario, un pacto de gobierno que aspire a durar cuatro años debería establecerse entre tres o cuatro formaciones políticas, un enorme reto para quien se erija como futuro encargado de llevar las riendas de la política en Canarias.

 

7.- Síntomas y diagnóstico: Visto lo visto, habrá que familiarizarse con la fragmentación parlamentaria, con los gobiernos inestables y con los pactos entre varias formaciones políticas, lo cual no tiene por qué ser ni necesariamente bueno ni irremediablemente malo. Serán la calidad de las decisiones adoptadas por los cargos públicos, la eficacia de las políticas puestas en marcha y la habilidad de sus gestores para detectar los verdaderos intereses de la ciudadanía a la que representan lo que determinará una futura legislatura exitosa o fracasada. Y en ese empeño deberemos centrarnos todos. Los políticos que ocupan el puesto, los medios de comunicación que informan y  los ciudadanos que vigilamos contribuiremos en mayor o menor medida a avanzar o a retroceder. Por el contrario, si nuestros representantes se pierden en disputas estériles y en análisis realizados con estrechez de miras en aras de un exclusivo interés partidista, si los medios de comunicación carecen de objetividad y rigor en la información que difunden, y si los ciudadanos caemos en el desinterés, abrazamos el discurso demagógico y aplaudimos el grito y el insulto, colaboraremos a enfermar nuestra democracia. Y si la democracia enferma, quizá muera. No caigamos, pues, en el error de creer que nuestro modelo de Estado Social y Democrático de Derecho es indestructible y afanémonos en su cuidado y fortalecimiento.

¿Cómo votamos los canarios con el nuevo sistema electoral?

El 26 de mayo los canarios estrenaremos el nuevo sistema electoral que entró en vigor con el nuevo Estatuto de Autonomía de Canarias. Se trata de un modelo novedoso que supone un cambio sustancial en la forma en la que habíamos votado hasta el día de hoy. Desde la creación de nuestra Comunidad Autónoma, siempre que se habían celebrado elecciones nos habíamos encontrado con una papeleta, una urna y siete circunscripciones insulares para la designación de sesenta diputados que nos representaban en el Parlamento de Canarias. Sin embargo, ahora todo cambia y en estos comicios los votantes tendremos a nuestra disposición dos papeletas, dos urnas y ocho circunscripciones para elegir a setenta diputados. Por ello, es necesario informar al electorado de tales variaciones, de sus razones y del modo en el que pueden ejercer este derecho fundamental al voto. En ese sentido, conviene aclarar algunas cuestiones:

1.- ¿Por qué hemos cambiado de sistema electoral? Porque era imprescindible corregir algunos déficits democráticos que nuestro anterior sistema electoral padecía. Antes, la desproporcionalidad del sistema, la desigualdad del valor del voto entre canarios y la afectación del pluralismo político por la implantación de unas barreras electorales desorbitadamente altas incidían negativamente, distorsionando de manera evidente y notoria el deseo que los electores manifestaban con su voto. Hasta el momento, en nuestras islas el ochenta y tres por ciento de la población ha escogido a la mitad de miembros del Parlamento, mientras que el diecisiete por ciento restante ha venido designando a la otra mitad. En las últimas elecciones celebradas en el archipiélago, partidos con más de cincuenta y tres mil votos se quedaron sin representación parlamentaria mientras que otros, con apenas cinco mil, se adjudicaron tres escaños. Con este nuevo sistema se sanan en parte esas patologías y se avanza levemente hacia un sistema electoral más justo, más equitativo y con un mayor nivel de igualdad y proporcionalidad.

2.- ¿Cuántas circunscripciones existen? Existen ocho circunscripciones. Una regional de 9 diputados y siete insulares (3 diputados por El Hierro, 8 por Fuerteventura, 15 por Gran Canaria, 4 por La Gomera, 8 por Lanzarote, 8 por La Palma y 15 por Tenerife). Significa que los partidos o candidaturas que se presenten por la lista regional contarán con una única papeleta que contendrá los nombres y apellidos de quienes optan a los citados 9 escaños. Esa papeleta autonómica será, pues, la que todos los electores encontrarán en su colegio electoral, con independencia de la isla en la que ejerzan su derecho al voto. Por el contrario, los partidos o candidaturas que se presenten por las listas insulares serán diferentes en cada isla, de modo que los nombres incluidos en ellas serán distintos en cada uno de los territorios insulares.

3.- ¿Cómo son las papeletas para realizar la votación? La papeleta designada para elegir a los diputados que se presentan por la lista regional o autonómica es de color amarillo y habrá de introducirse en un sobre del mismo color que indica “ELECCIONES AL PARLAMENTO DE CANARIAS. CIRCUNSCRIPCIÓN AUTONÓMICA”. La papeleta designada para elegir a los diputados que se presentan por la lista insular es de color sepia y habrá de introducirse en un sobre del mismo color que indica “ELECCIONES AL PARLAMENTO DE CANARIAS. CIRCUNSCRIPCIÓN INSULAR”.

4.- ¿Qué votamos exactamente? Los ciudadanos elegimos a los setenta diputados que compondrán el Parlamento de Canarias. En ningún caso elegimos al Presidente del Gobierno. Como sucede en cualquier sistema parlamentario, el votante no designa a ningún miembro del Gobierno sino a sus representantes en las Asambleas Legislativas. Es falso que el 26 se mayo se elija al Presidente del Gobierno, como también es falso que el candidato a Presidente del Gobierno esté obligado a figurar en la lista regional o autonómica.

5.- ¿Cómo podemos votar? El elector cuenta con cuatro opciones:

  1. Dar su voto a la misma formación política en ambas circunscripciones.
  2. Votar a formaciones políticas distintas en cada una de las dos circunscripciones, siendo libre de apoyar con su voto para la circunscripción insular a una opción política y a la circunscripción regional o autonómica a otra formación política diferente.
  3. Votar en una de las dos circunscripciones y abstenerse en la otra.
  4. Abstenerse en ambas circunscripciones y no votar.

6.- ¿Qué diferencias existen entre los diputados que son elegidos por la lista regional y los que son elegidos por las listas insulares? Jurídicamente, ninguna. Los diputados, ya sean elegidos por una circunscripción insular o por la regional, tienen los mismos derechos y obligaciones.

7.- ¿El nuevo sistema electoral es definitivo? No necesariamente. Nuestro Estatuto de Autonomía diseñó este sistema electoral de forma provisional, hasta la aprobación de una futura ley electoral por el Parlamento de Canarias. En el apartado cuarto de la Disposición Transitoria Primera se establece que el Parlamento de Canarias elaborará, en un plazo no superior a tres años desde la entrada en vigor del presente Estatuto de Autonomía, una ley electoral que deberá ser aprobada por mayoría de tres quintos y ese plazo de tres años ha comenzado a correr en noviembre de 2018.

Autopsia a las elecciones del 28 de abril

Transcurridos algunos días desde el 28 de abril, procede realizar ya un estudio lo más imparcial posible de lo sucedido. Las cifras ilustran una realidad objetiva que conviene observar con perspectiva crítica para desentrañar conclusiones políticas y llevar a cabo una adecuada lectura de la voluntad ciudadana. Objetivos, sin duda, complejos, pues abordar el análisis político implica siempre pisar terrenos pantanosos.

1.- Las cifras de las elecciones: Los comicios del 28 de abril eran los decimocuartos para elegir a los miembros de las Cortes Generales (Congreso de los Diputados y Senado). Coincidían, además, con la elección de los diputados del Parlamento de la Comunidad Valenciana. Por lo que se refiere a las elecciones generales, éramos 34.799.107 los ciudadanos con derecho a voto, llamados a las urnas en 60.038 mesas electorales repartidas por todo el territorio nacional.

2.- Datos históricos anteriores al 28 de abril: La victoria que se tradujo en mayor número de escaños (202) fue la del PSOE en 1982. El triunfo que conllevó el menor número de escaños (123) fue el del PP en 2015. La de mayor porcentaje de votos (48,11%) correspondió al PSOE en 1982, mientras que la de menor fue la del PP en 2015 (28,71%). La victoria con más votos (11.289.335) recayó en el PSOE en 2008 y con menos (6.268.593) para UCD en 1979. El mayor triunfo del bipartidismo lo compartieron PSOE y PP en 2008 (323 diputados entre ambos) y el peor en 2015 (213 escaños entre los dos). En esta ocasión se ha igualado uno de esos records (el partido mayoritario gana con el menor número de escaños de la Historia, 123) y se ha batido otro (el denominado “bipartidismo” sólo acumula 189 escaños, su peor resultado).

3.- La participación: La participación media en las elecciones generales se situaba hasta ahora en el 73,79%. La máxima fue en 1982, con un 79,97% y la mínima en 2016, con un 66,48%. En 2019 ha marcado el 75,75%, por encima de la media histórica de este tipo de comicios.

4.- Las paradojas del sistema electoral: Pese a que en el Congreso de los Diputados el sistema electoral debe ser proporcional, la designación de la provincia como circunscripción electoral y su distribución de escaños sin seguir un estricto criterio poblacional provoca que la proporcionalidad se distorsione y que la igualdad del valor del voto se resienta. Ello, unido a la famosa “fórmula D´Hondt”, acarrea que el PACMA -con más de trescientos veintiséis mil votos- no obtenga ningún escaño, mientras que el Partido Regionalista de Cantabria -con poco más de cincuenta mil- sí. O que los apenas doscientos mil votos por los que supera el Partido Popular a Ciudadanos supongan nueve diputados más para los populares.

5.- Datos objetivos y lecturas subjetivas: El Partido Socialista recupera en estas elecciones dos millones de votos. Probablemente, uno de ellos lo obtenga de la merma de las “confluencias” de Podemos. A su vez, el Partido Popular pierde más de tres millones y medio de votos, al tiempo que Ciudadanos gana uno y VOX más de dos y medio. El PP se queda a menos de un punto porcentual de convertirse en el tercer partido en votos a nivel nacional, una posición que sí termina ocupando en la Comunidad de Madrid y en Andalucía. Los populares ocupan la cuarta posición en las Islas Baleares, la quinta en el País Vasco y la sexta en Cataluña. Con estos resultados, la conclusión de que el PSOE ha ganado las elecciones y es la única formación política con capacidad para armar una mayoría y gobernar no ofrece lugar a dudas. El Partido Popular se desangra, quedando por ver si con capacidad de recuperación o herido de muerte. Ciudadanos, por su parte, si bien gana un millón de votos y aumenta veinticinco escaños, aún permanece alejado de las expectativas que le contemplaban como opción de gobierno liderando una mayoría alternativa. Podemos pierde diez escaños y casi millón y medio de apoyos (si restamos los perdidos en coaliciones con las que iba de la mano (Compromís, En Marea, etc…).

6.- El Senado: El Senado cuenta con un sistema electoral diferente. En lugar de ser proporcional es mayoritario, facilitando así la consolidación de grandes mayorías. El PSOE -que en el Congreso dispone de una mayoría simple- ahora goza de una absoluta en la Cámara Baja y tal diferencia se produce simple y llanamente por la aplicación de un modelo distinto de adjudicación de escaños.

7.- Previsiones para el futuro: Si el objetivo es aspirar a una legislatura de cuatro años que goce de cierta estabilidad y llevar a cabo un programa político expresado en concretas reformas y normas en vigor, se precisan apoyos para construir mayorías parlamentarias sólidas. Las matemáticas, en principio, apuntan a la alianza de dos formaciones políticas (PSOE y Ciudadanos) como opción aparentemente más “sencilla”. Sin embargo, la política no es una ciencia exacta y, lo que hasta hace poco se presentó ante la opinión pública y el propio Congreso de los Diputados como programa de Gobierno para una votación de investidura, hoy se vislumbra como una solución inviable. Resulta, pues, paradójico que lo más fácil de un punto de vista político se transforme en lo más complicado numéricamente hablando: abrazar la idea de un gobierno en solitario con apoyos puntuales votación a votación o depender de la ayuda permanente de una disparidad de siglas. En todo caso, el peor de los escenarios sería continuar profundizando en una política de bloques separados rígidamente y donde la mitad de la población pretendiera legislar en contra de la otra mitad.

 

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