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Rarezas e irregularidades parlamentarias

Se ha anunciado para el próximo 17 de enero la convocatoria de la sesión constitutiva del Parlamento catalán. A partir de ese momento deberán tener lugar tres acontecimientos. El primero será la adquisición por parte de los electos de su condición de diputados. El segundo, la constitución de los grupos parlamentarios y de la Mesa de la Asamblea. Y el tercero, la investidura del Presidente del Gobierno. Esa es la rutina habitual desde los primeros comicios, tanto estatales como autonómicos y, durante cuatro décadas, se ha venido desarrollando con cierta normalidad o, en todo caso, con pequeñas anécdotas o problemas menores resueltos sin demasiada complicación o crisis institucional alguna. Sin embargo, la prolongada situación de anormalidad que vive Cataluña amenaza con afectar al desarrollo habitual y normalizado de los hábitos, costumbres y reglas de su Cámara de representantes. A continuación me centraré en cada una de las fases señaladas:

1.- Para la adquisición de la condición de diputados por parte de los electos el pasado 21 de diciembre, y conforme al artículo 23 del propio Reglamento del Parlamento de Cataluña, se exige el cumplimiento de tres formalidades: a) presentar en su Registro General la credencial expedida por el órgano correspondiente de la Administración electoral; b) prometer o jurar respetar la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de Cataluña; c) presentar las declaraciones de las actividades profesionales, laborales o empresariales que ejercen y las de los cargos públicos que ocupan, así como la de su patrimonio.

Ocho de los ciento treinta y cinco diputados electos cuentan con serios inconvenientes para cumplir todos esos requisitos, ya que tres de ellos se encuentran en prisión y cinco, huidos en Bélgica y con una orden de detención en cuanto pisen suelo español. Es cierto que, tanto el primero como el tercero pueden cumplimentarse sin la presencia física de los interesados. Sin embargo, el segundo no parece admitir cumplimientos por medio de representantes, apoderados o terceras personas.

En ese sentido, el Tribunal Constitucional ya ha establecido en varias sentencias que la exigencia de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución como requisito imprescindible para alcanzar en plenitud la condición de diputado no viene impuesta por la Constitución, pero no por ello dicho requisito es contrario a ella. Tal exigencia ha sido impuesta por una decisión del legislador (en este caso, autonómico) en el uso de su autonomía reglamentaria. Es más, la obligación de prestar juramento o promesa de acatar la Constitución no es, obviamente, el motivo por el que el diputado deba cumplirla. El deber de respetar la Norma Suprema y el resto del ordenamiento jurídico le viene impuesto en el artículo 9.1 de la Carta Magna. Es verdad que el TC ha admitido fórmulas de juramento poco formalistas, permitiendo añadir coletillas del tipo “por imperativo legal”. Pero pretender efectuarlo a través de apoderados o en ausencia del interesado supone admitir una rareza que desvirtúa, desnaturaliza y vacía de contenido un precepto que ha de cumplirse como todos los demás. Se trata de un acto de carácter personalísimo que no puede ser delegado y que requiere la presencia física del electo.

En su caso, considero más legítimo, sincero y honesto plantear la modificación de dicho requisito para, si así se decide, cambiarlo o derogarlo. Pero mantenerlo para, posteriormente, recurrir a subterfugios, picarescas o pantomimas a fin de saltarse la ley fraudulentamente no es propio de democracias serias ni de Estados de Derecho rigurosos.

2.- Para la constitución de los grupos parlamentarios (a excepción del denominado “Grupo Mixto”), en aplicación del artículo 26.3 del Reglamento del Parlamento de Cataluña, se exige, como mínimo, cinco miembros. Tanto el Partido Popular como la CUP tienen cuatro. Ya se han alzado algunas voces sobre el posible “préstamo de diputados” para que alcancen los cinco requeridos y puedan formar así un grupo parlamentario propio. Esa práctica sí tiene antecedentes, incluso en el Congreso. No es la primera vez, por tanto, que se recurre a tal argucia, si bien en esta ocasión no significa que nos hallemos ante un evidente fraude de ley. Se busca el atajo, la interpretación forzada y la truhanería para evitar la aplicación de la norma. Algunos se esfuerzan en habilitar vías de incumplimiento en vez de en actuar con la ejemplarizante y obligada actitud de respetar las reglas de las que nos hemos dotado para convivir. En definitiva, otra rareza parlamentaria que algunos consienten, a sabiendas de que con ella devalúan el prestigio de nuestro sistema parlamentario.

3.- Por su parte, es el artículo 146 del mencionado Reglamento el que regula el Debate de Investidura del futuro Presidente catalán. Supone una sesión parlamentaria en la que el candidato presenta su programa de gobierno y solicita la confianza del Pleno de la Cámara. La idea de que dicho debate se realice a través de videoconferencia, de forma telemática y en la distancia, es un sinsentido que situaría a nuestro parlamentarismo, no ya en la rareza, sino en el ridículo y en la ilegalidad. Y no solo por el deber de asistir a los debates en el Parlamento que impone el artículo 4 de ese mismo Reglamento, sino por un elemental, evidente y manifiesto imperativo de la lógica más básica.

Las cuatro asociaciones españolas de jueces ya se han pronunciado, manifestándose en contra de estas ocurrencias y subrayando, además, la inviabilidad de que Carles Puigdemont pueda ejercer las funciones de Presidente de la Generalidad desde Bruselas. Así, Celso Rodríguez, miembro de la Asociación Profesional de la Magistratura, ha recordado que «un presidente debe ejercer sus funciones de forma presencial, asistiendo a las reuniones del Gobierno y sometiéndose a los debates e interpelaciones parlamentarias”. A su vez, Ignacio González, de “Juezas y Jueces para la Democracia”, ha recordado que es el Pleno del Parlamento el que debe votar la reforma del Reglamento y que, de momento, solo se contempla la vía presencial, por lo que Puigdemont, los cuatro exconsejeros que están en Bélgica y los tres diputados electos que se encuentran en prisión (Oriol Junqueras, Joaquim Forn y Jordi Sànchez) no podrían votarle si no se presentan a dicha sesión plenaria.

Pero, más allá de los argumentos jurídicos -que son importantes- deberíamos plantearnos si es aceptable sumir la vida parlamentaria en semejante cenagal. ¿Es este el modelo parlamentario que queremos? ¿Hemos de admitir como normal que gobiernen desde el extranjero personas huidas de la Justicia? Si respetamos nuestra democracia, debemos ser rectos y cuidadosos con la imagen que damos, así como escrupulosos con el respeto a las leyes que nos hemos otorgado.

Lo que dicen los votos y lo que quieren decir los votantes

Ya se han celebrado las elecciones más anómalas y controvertidas de la historia reciente de España. Tanto por los antecedentes previos como por la convocatoria en sí y su campaña electoral, no puede negarse que la llamada a las urnas del 21 de diciembre ha estado acompañada de un grado de polémica, una aureola de recelo, un nivel de resentimiento y un tinte de rareza inapropiados e indeseables. Más adelante vendrán los análisis jurídicos detallados y en profundidad, a medida que las sentencias se emitan y la situación de muchos de los implicados se clarifique. El Tribunal Constitucional se pronunciará sobre la aplicación del artículo 155 de la Constitución Española. El Tribunal Supremo resolverá las querellas presentadas contra los antiguos miembros del Gobierno catalán y contra buena parte de la Mesa de su Parlamento. También las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado procederán, tarde o temprano, a la detención de las personas fugadas. Y cuando todo eso ocurra se deberá estudiar con rigor el material jurídico que llevará aparejado. Sin embargo, lo que toca ahora es llevar a cabo una reflexión sobre los resultados electorales que se han producido.

Es difícil extraer de los fríos y objetivos datos numéricos de participación y escrutinio unas conclusiones sobre las voluntades subjetivas, las motivaciones personales y los mensajes particulares que quiere transmitir la ciudadanía cuando ejercita su derecho al voto. Numerosos responsables políticos efectuarán a buen seguro lecturas interesadas, bien barriendo para casa, bien buscando excusas ante lo sucedido. Pero aquellos que no quieren engañar ni autoengañarse ansían comprender los resultados y hallar respuestas. En ese sentido, conviene siquiera por un instante permanecer en soledad observando el devastado campo de batalla que ha dejado a su paso una contienda social y política extendida largamente en el tiempo, y analizar su desenlace dando sentido a esa voz popular traducida en papeletas, porcentajes y escaños.

Mi sensación personal es que en nuestro país el voto cada vez más se introduce en la urna con orgullosa ignorancia de su destino y de los efectos que conlleva. Los votantes piensan que eligen a un Presidente cuando, en realidad, están escogiendo a un parlamentario, visualizando a un candidato que ni siquiera figura en la plancha escogida. Es más, con excesiva frecuencia se lanzan al sufragio para apoyar una serie de políticas que no son competencia de la institución que están eligiendo. De ahí la enorme dificultad para saber a ciencia cierta el significado real de lo manifestado por el pueblo en unos comicios.

Los concejales de un municipio no pueden cambiar las leyes de una Comunidad Autónoma, de la misma manera que los parlamentarios de una Autonomía no pueden modificar la forma de Estado o de Gobierno de toda la nación. Aunque es evidente que las competencias y las normas marcan la actuación de cada institución, se ha entrado en una peligrosa dinámica en la que a algunos electores y a parte de los candidatos les dan igual esos límites. Ha dado la impresión de que en estas últimas elecciones catalanas se elegía entre monarquía o república, o entre Estado de las Autonomías o independencia, pero la realidad es muy distinta, pese a la percepción de miles de electores alienados o engañados. Aun así, me permito apuntar varias conclusiones, a simple vista, irrefutables:

1.- La participación ha sido muy elevada, imposibilitando cualquier reproche sobre la precariedad de la legitimidad de los resultados. Sin duda la importancia del momento político ha concienciado a muchas personas que normalmente se abstienen. En este sentido, la valoración ha de ser positiva. Estamos en presencia de un proceso electoral con una sólida y contundente implicación del pueblo catalán.

2.- El partido ganador de las elecciones ha sido Ciudadanos. Ha ganado en votos y en escaños, si bien esa victoria no le servirá de mucho. En nuestro modelo parlamentario ser el grupo más numeroso en una asamblea no significa demasiado, a no ser que tengas una mayoría absoluta o recabes apoyos suficientes. Ninguna de esas dos opciones se ha producido. Su triunfo es meritorio, aunque estéril para sus intereses.

3.- La formación de Gobierno será complicada, no descartándose incluso la repetición de los comicios ante la imposibilidad de lograr un acuerdo. Pese a que la suma entre “JUNTSxCAT”, “ERC-CatSí” y las “CUP” parece sencilla, varios de sus cargos electos están en prisión o prófugos de la Justicia, complicándose así su participación en una votación de investidura.

4.- El cambio político es significativo en cuanto a los resultados de concretos partidos (la subida de Ciudadanos o el descalabro del Partido Popular), pero no existe una gran variación en cuanto a un análisis global. Las formaciones independentistas continúan ostentando la mayoría absoluta a pesar de su pérdida en votos y escaños.

5.- El sistema electoral español, como sucede también en los de la mayor parte de las Comunidades Autónomas, está construido sobre la base de la desigualdad y la desproporción, por lo que origina paradojas imposibles de explicar y de aceptar: «CatComú-Podem» obtiene 7 escaños por Barcelona con 274.565 votos, mientras que «JUNTSxCAT» obtiene otros 7 escaños por Gerona con 148.794 votos.  Ciudadanos obtiene 6 diputados por Tarragona con 120.010 votos, pero «JUNTSxCAT» logra esos mismos 6 escaños por Lérida con tan solo 77.695 votos.

6.- Como consecuencia, los partidos que han apoyado el proceso independentista han ganado en escaños aunque hayan perdido en número de votos.

7.- Para reducir la enorme brecha que separa a los ciudadanos de Cataluña es preciso que se reconozcan por ambas partes una serie de premisas obvias que han caído en el olvido, entre ellas que la legalidad se debe cumplir mientras no  se modifique, que las responsabilidades por los actos cometidos se deben asumir, y que los problemas han de debatirse y afrontarse sin recurrir a la vía de la negociación como método para superarlos.

La solución de los conflictos no parece cercana, ni por la envergadura de los mismos ni por los representantes llamados a capitanear la nave para llevarla a buen puerto. En los últimos años la dejadez e irresponsabilidad de algunos y la mezquindad e incapacidad de otros ha derivado  en una fractura social y en un descrédito económico esperpénticos e indignantes y, por desgracia, no existen recetas mágicas que curen las heridas de un día para otro ni que ayuden al retorno de unos escenarios normalizados. Se ha llegado al extremo de entablar una guerra de banderas y de perpetrar pintadas señalando al que piensa distinto. Se ha propiciado el enfrentamiento de idiomas y culturas. Se ha gritado la expresión “facha” por las calles desde la ignorancia de su significado y con absoluta impunidad. Hasta se han impartido lecciones de patriotismo equivocado. Ante semejante panorama, se instala la duda sobre si los presentes resultados electorales servirán para recuperar la legalidad y la normalidad en todos sus ámbitos o si, por el contrario, en Cataluña se continuará transitando voluntaria y decididamente por la senda de la autodestrucción.

 

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